Una resolución suscripta por el director nacional de Aduanas, Jaime Borgiani, establece que se aplica el régimen de cero kilo en las zonas fronterizas con carácter excepcional, revocable y sujeto a modificaciones. La medida no prevé incautación de mercadería a la población residente que cumpla determinados requisitos.

La medida fue tomada a partir de la declaración de emergencia sanitaria y la suspensión de las actividades turísticas al exterior del país, no rige las disposiciones especiales de beneficios a los turistas, como el ingreso de equipaje, efectos y vehículos de visitantes.

Hasta que culmine la suspensión de los viajes turísticos, se aplicará cero kilo en las zonas fronterizas. La dirección, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, informó que no procederá a la incautación de mercadería cuando no se superen los cinco kilogramos por persona y por semana y se trate de un surtido variado destinado a la subsistencia de la unidad familiar.

Tampoco cuando no se incluyan mercaderías sujetas a restricciones o prohibiciones según la normativa vigente. Las personas residentes en la misma zona fronteriza estarán exceptuadas de la medida al acreditar su domicilio mediante recibo de pago de servicios a su nombre.

“La resolución general es de carácter excepcional, revocable y sujeta a modificaciones cuando las circunstancias que la motivan así lo ameriten”, aclaró la institución.