Cinco personas fueron condenadas, entre ellas un privado de libertad.

Una investigación sigilosa llevada a cabo por efectivos de Brigada Departamental Antidrogas logró someter ante la justicia a varias personas por la presunta negociación de sustancias estupefacientes, entre ellas un privado de libertad que se encuentra recluido en Unidad N°4 Santiago Vázquez del Instituto Nacional de Rehabilitación ubicado en el departamento de Montevideo.

Los hechos investigados vinculaban a cuatro hombres de Melo y Río Branco al privado de libertad de iniciales A.S.T.G. de 24 años, quien permanece cumpliendo pena en la capital del país como autor de un delito de Homicidio en grado de tentativa ocurrido en el año 2018 en Melo.

Llevando adelante la investigación de forma conjunta con Fiscalía Letrada de 2° Turno de Cerro Largo, librando el Magistrado orden de detención para cuatro personas, como así también el traslado del privado de libertad a la Sede Penal de nuestra ciudad.

Celebrándose audiencia resultó condenado nuevamente A.S.T.G. como autor penalmente responsable de un delito de organización de la actividad delictiva en la modalidad del Art. 32 del Decreto Ley 14294 y dos delitos de violencia privada, todos en régimen de reiteración real entre si, a una pena de 2 años y 8 meses de penitenciaria de cumplimiento efectiva. La referida pena comenzara a cumplirse una vez que el imputado sea liberado en la causa por la que se encuentra recluido actualmente.

J.D.S.P. de 30 años fue condenado como autor penalmente responsable de un delito previsto en el art. 37 de la ley 14.294 en la modalidad de acto preparatorio de la actividad delictiva a la pena de 5 meses de prisión efectiva.

Mientras que los tres detenidos restante de iniciales J.L.S.R., A.D.A.R.de 30 años y G.N.R.P. de 41 años fueron condenados como autores penalmente responsables de un delito previsto en el art- 33 de la ley 19574 en la modalidad de asistencia a los agentes de la actividad delictiva.

Debiendo cumplir los tres antes mencionados sus penas en régimen de libertad vigilada, con varias obligaciones.

Decretando para el primero de ellos 9 meses de prisión con arresto domiciliario total por 90 días y luego arresto domiciliario nocturno por 90 días. Como así también la presentación una vez por semana en la Seccional Policial correspondiente a su domicilio.

Para A.D.A.R. y G.N.R.P. la pena impuesta por el mismo delito fue de 8 meses, con arresto domiciliario nocturno por el término de 120 días, debiendo presentarse una vez por semana en la Seccional policial correspondientes a sus domicilios, que deberán cumplir desde la finalización del arresto domiciliario nocturno.

Fuente: Jefatura de Policía de Cerro Largo.