LAS MULTAS FIJADAS VAN ENTRE 30 A 350 UR, UNOS 450 MIL PESOS
La Junta Departamental aprobó el régimen de sanciones por aglomeraciones mientras dure la pandemia; la medida tiene carácter temporal.
El decreto fue elaborado por la Comisión de Legislación a iniciativa de la Intendencia y fue aprobado por unanimidad de 23 ediles presentes en Sala.
El edil frenteamplista Daniel Aquino dijo que de esta forma se cumple con el objetivo de dotar a la Intendencia de normativa para poder actuar en aquellos casos en que se realizan actos que violan la declaratoria de emergencia sanitaria pero, aclaró, “se preserva, escrupulosamente, los derechos de los ciudadanos, que tienen protección constitucional, como es el derecho a la libertad y entre ellos, la libertad de reunión. Entonces, creemos que de esta manera además se respeta la jurisdicción de competencia de las diferentes instituciones del Estado, las que lo tienen por ley como el Ministerio de Salud Pública, que puede llegar a la clausura de los locales que violen las normas sanitarias que hoy están imperando por la emergencia sanitaria nacional y exclusivamente por ella, porque este decreto tiene un límite temporal y es mientras dure la emergencia sanitaria declarada por el Ejecutivo nacional y la competencia de la Intendencia en lo que puede ser atribuciones de la misma”, puntualizó.
La iniciativa fija multas de entre 30 a 350 Unidades Reajustables para quien promueva fiestas, reuniones, eventos o juntadas no habilitadas por la autoridad competente: “los casos más claros son cuando en un local, aunque sea privado, puede ser un local público, se realice una fiesta, evento o espectáculo y no se observan las normas sanitarias, porque hoy está habilitada la realización de algunos eventos pero deben observarse las condiciones que establece la autoridad sanitaria y ahí es más fácil ubicar al titular del local, que puede ser propietario, poseedor o inquilino, o sea arrendatario y a quien organiza el evento. Es más difícil cuando la situación se da en lugares liberados al público porque ahí puede haber una convocatoria, un organizador que sería responsable pero cuando la situación es anónima o no se puede localizar, es más difícil pero es una herramienta porque le permite, por ejemplo, a la Intendencia poner en conocimiento de la Fiscalía, puede establecer multas y además hay situaciones como la de incluirlo en el registro de deudores que tiene sus consecuencias”, manifestó Aquino, explicando que en el caso de fincas particulares la aplicación de este decreto se ve muy limitado: “el hogar es un sagrado inviolable, no se puede ingresar al mismo de noche sin consentimiento de la familia y de día sólo por orden escrita del juez competente. En caso de que hubiera una fiesta en una finca particular, yo creo que la única herramienta que hoy tiene la Intendencia es la ordenanza de ruidos molestos, si los hubiera. Entonces, esta es una herramienta más, no es la perfección, no abarca todo pero va a permitir afrontar algunas situaciones que se están dando y que están complicando la realidad sanitaria. Por suerte en Cerro Largo todavía la tenemos controlada y bastante bien en relación a otros lugares, pero lo que nos está demostrando la realidad es que crecen las situaciones y nosotros tenemos que ser responsables. Entendemos el ansia, fundamentalmente de los jóvenes, de juntarse, de tener instancias de intercambio y encuentro, pero tenemos que pedir un poco de paciencia y responsabilidad, que cuando tengamos a mano la vacuna quizás ahí sería un motivo de festejo para todos”, sentenció.