Monopatines eléctricos tendrán nuevas reglas de circulación
El Congreso de Intendentes aprobó una reglamentación nacional que establece registro, seguro obligatorio, medidas de seguridad y límites para el uso de estos vehículos.
El uso de monopatines eléctricos tendrá una regulación común en todo el país. El Congreso de Intendentes aprobó nuevas normas para los llamados vehículos de movilidad personal, que podrán circular por la vía pública bajo determinadas condiciones.
Los monopatines deberán quedar registrados en el Sistema Único de Cobros de Ingresos Vehiculares (Sucive). El registro no tendrá costo de patente, pero será obligatorio contar con un seguro con una cobertura mínima equivalente al Seguro Obligatorio de Automóviles (SOA).
La circulación estará limitada a una persona por vehículo y la velocidad máxima será de 25 kilómetros por hora. Además, será obligatorio utilizar casco protector y chaleco reflectivo.
El uso estará permitido desde los 14 años. Los menores de 18 deberán contar con autorización firmada por sus padres o tutores.
Los monopatines también deberán disponer de luces frontales, traseras y laterales, además de un tag identificatorio que permita vincular el vehículo con la persona habilitada para circular.
La reglamentación tendrá carácter obligatorio a nivel nacional y establece un marco común para la circulación segura de estos vehículos en las calles del país.



